Coronavirus

Las 15 prohibiciones durante los 14 días de alerta roja en Honduras por coronavirus

Estas son las prohibiciones durante la alerta roja que emitió el Gobierno por la propagación del coronavirus en Honduras.

2020-03-14

El Gobierno de Honduras dio a conocer las medidas que se implementarán durante los 14 días que durará la alerta roja que entró en vigor este sábado desde las 10:00 am.

Estas son las 15 medidas que ordenó el Gobierno hondureño a través del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos. En aras de salvaguardar la salud y vida de la población, en el marco de esta emergencia, Sinager toma las siguientes medidas efectivas a partir del 14 de marzo 2020 10:00 am hasta el 28 de marzo 2020:

VER: LA CRÍTICA DE SALOMÓN NÁZAR A LA LIGA POR JUGAR A PESAR DE CRISIS DE CORONAVIRUS

1. Prohibidos los eventos públicos y privados de más de 50 personas, incluyendo bodas, cumpleaños, reuniones sociales, bares, discotecas, restaurantes u otros similares.

2. En las areas laborales que lo permitan, se deberán dividir los equipos de trabajo en no más de 50 personas.

3. Todo empleador está obligado a aplicar el protocolo de higiene y seguridad en los centros de trabajo a nivel nacional en prevención de COVID-19 (adjunto).

4. En el caso de empresas comerciales que atienden al público en general (tiendas, centros comerciales, mercados, gimnasios, etc.) deberán asegurarse de la no aglomeración de más de 50 personas y aplicar todas las medidas de prevensión que la Secretaría en el Despacho de Salud ha hecho públicas.

5. Las medidas anteriores no implican suspensión de labores ni en el sector privado ni en el sector público.

6. Se exhortan a las iglesias utilizar modalidades digitales para la celebración de cultos y misas como el uso de televisón, radio o redes sociales, para evitar la aglomeración de más de 50 personas.

7. Permanecerán cerrados los todos los parques de recreacción incluyendo los parques Para Una Vida Mejor.

8. Todo empleado público arriba de 60 años deberá permanecer en casa con excepeción de personal de asistencia médica, cuerpos de seguridad y socorro, por lo cual se le instruye a los titulares de cada dependencia promover el teletrabajo o trabajo desde casa.

9. Los aeropuertos no deben permitir el ingreso a sus instalaciones de personas que no sean colaboradores del mismo o viajeros quienes deberan presentar sus boletos aereos al ingresar, con el fin de evitar las aglomeraciones.

10. Se suspenden las visitas a asilo de ancianos, hospitales, centros de cuidado infantil, así como todos los lugares en los que estén personas de grupos vulnerables.

11. Las actividades deportivas deben celebrarse a puertas cerradas con no más de 50 personas.

12. En cuanto al transporte público, los transportistas deben fumigar todas sus unidades y no transportar más de 50 personas a la vez así como aplicar todas las medidas de higiene antes mencionadas.

13. Todas las personas que tuvieron contacto con algún paciente que haya dado positivo por COVID-19, deberá presentarse de inmediato al centro de salud más cercano.

14. Todas las medidas antes establecidas tendrán una vigencia de catroce (14) días a partir de hoy 14 de marzo 2020.

15. Se exhorta a la población a mantenerse informado por los canales oficiales. De ser necesarias medidas adicionales, se estarán informando por este medio y por cadena nacional de radio y televisión. Todo comunicado oficial se encuentra en la pagina oficial www.covid19honduras.org