Liga Nacional

Declaraciones que inciten al odio en Liga Nacional no podrán apelarse y tendrán duras multas

Fenafuth hizo modificaciones en su Código de Disciplina relacionadas a las declaraciones que inciten al odio o contra el honor de una persona.

2020-01-09

Fenafuth ha hecho una serie de modificaciones en su Código de Disciplina y enfatizó en la severidad sobre el tema de declaraciones que inciten al odio o que vayan en deshonra de una persona.

En diversas oportunidades los técnicos, futbolistas y dirigentes nacionales han brindado declaraciones en contra del honor de terceros o aseverando acusaciones que no las pueden probar, esto será duramente castigado y tocará el bolsillo de quienes incurran en dichos actos.

“En este proceso han participado muchas comisiones dentro de la federación. La Comisión de Asuntos Legales vio la necesidad y por eso algunas de estas modificaciones son urgentes y entran en vigencia desde el día de hoy. Esto nace a raíz de que Concacaf ha pedido que se revise el tema y es sobre el artículo 53, dicho artículo cita que si una persona hace declaraciones en deshonra o descrédito contra jugadores, árbitros, Fenafuth y sus miembros, comisiones y en general contra otros personas, tendrá una sanción de cuatro juegos mínimo y la prohibición de estar en el estadio”, inició contando Eduardo Lazo, asesor legal de Fenafuth.

Y agregó: “De ser reincidente tendrá una multa de 30 mil lempiras. Esto es por incitar a la violencia y se quieren tomar las medidas necesarias, además las multas tendrán que ser pagadas por la persona sancionada, no por el equipo”.

Otro punto que dejaron en claro es que cuando una persona incurra en esa sanción, no podrá apelar para la reducción de la pena y deberá cumplir a cabalidad.

“Ahora tendrán que cumplir con la sanción completa porque sucedía muchas veces que una persona tenía cuatro partidos de castigo, llegaba a dos y apelaba para solo quedarse al final con dos juegos. Estas sanciones no serán apelables y esperamos que no se den declaraciones que inciten al odio”, cerró Lazo.

Dato: Hace poco la Comisión de Disciplina castigó con cuatro juegos a Diego Vázquez por las declaraciones en contra de Salomón Názar y la Upnfm. Héctor Vargas antes también recibió cuatro duelos de castigo por insultos a Saíd Martínez.

Algunas de las novedades:

Art. 53.- Incitación a la hostilidad o a la violencia

Liga Profesional: De Treinta mil Lempiras (L.30,000.00)

Liga de Ascenso: De Diez mil Lempiras (L.10,000.00)

Foto: Diez

2. La multa no será inferior a MIL LEMPIRAS (L. 1,000.00), ni superior a CIEN MIL LEMPIRAS (L.100.000.00) en el sector No aficionado. En las competencias con límite de edad, (categorías aficionadas) la multa no será inferior a DOSCIENTOS LEMPIRAS, ni superior a CINCO MIL LEMPIRAS.

3. Cuando una comisión de disciplina imponga una sanción que conlleve una multa, los valores deberán ingresar obligatoriamente a la tesorería o a las cuentas bancarias designadas por las ligas del sector aficionado, no aficionado y por los comités regionales en caso de competencias departamentales, regionales e interregionales, en un plazo de ocho (8) días calendario a partir de la notificación.