Coronavirus

Secretaría de Seguridad regula las entregas a domicilio y establece nuevas reglas

En cadena nacional, la Secretaría de Seguridad manifestó que las gasolineras, supermercados y farmacias, solamente estarán abiertas lunes, miércoles y viernes

2020-04-01

Para evitar la propagación del coronavirus, la Secretaría de Seguridad hizo algunas regulaciones en el toque de queda y dejó claro que las gasolineras, supermecados, farmacias e instituciones bancarias, pueden abrir solamente lunes, miércoles y viernes y atender a los clientes de acuerdo a la terminación de la cédula de identidad.

Deja claro que los restaurantes, cafés y cafeterías que hacen entregas a domicilio, no tienen permiso de circular mientras dure el toque de queda absoluto, pues actualmente estaban dando el servicio, pero a domicilio. La regulación se da para evitar que los días martes, jueves, sábado y domingo, anden personas circulando por las ciudades.

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“Están PROHIBIDAS la apertura de restaurantes, establecimientos de comida rápida, cafés y otros similares dedicados a la venta de alimentos, incluyendo el servicio de entrega a domicilio; por lo que deben permanecer cerrados durante el toque de queda absoluto, mientras se evalúan los protocolos de bioseguridad alimentaria”, dice el comunicado.

Foto: Diez

Las autoridades de Singer están trabajando para evitar que se propague el coronavirus en Honduras. Foto cortesía

En el comunicado que leyó Jair Meza, vocero de la Secretaría de Seguridad, informó que las pulperías y mercaditos sí pueden estar abiertos todos los días para que los vecinos puedan abastecerse. Está prohibida la apertura de restaurantes, cafeterías, entregas a domicilio y café; deben permanecer cerrados durante el toque de queda.

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Dejaron claro que pueden circular todas las personas que trabajan con empresas que distribuyen productos alimenticios, así como el transporte pesado con productos de exportación, combustible y alimentos, siempre que cumplan con las medidas de bioseguridad. La Policía explicó que los salvoconductos quedan vigentes y solo serán autorizados por la Policía Nacional.

“Quienes pretendan burlar a la autoridad a fin de utilizar el salvoconducto para trámites personales, se les aplicarán las sanciones establecidas entre ellas el decomiso y cancelación automática del permiso de circulación”, explicó el Ministerio de Seguridad en el Comunicado donde explican que solo lunes, miércoles y viernes se puede circular.

En Honduras se han reportado 172 contagios del coronavirus que ha dejado 10 personas fallecidas, de las cuales aumentaría a 14 en las próximas horas que se le hagan exámenes a tres fallecidos en San Pedro Sula y uno en Yoro.

ACLARATORIA

La Secretaría de Seguridad a través de la Policía Nacional de Honduras en el marco del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (SINAGER), a la población en general mediante aclaratoria reitera:

1. Que durante la vigencia del toque de queda los supermercados, farmacias y gasolineras están autorizados a operar únicamente y SIN EXCEPCIÓN los días lunes, miércoles y viernes en los horarios autorizados y según el último dígito para cada ciudadano; el resto de la semana deben permanecer cerrados incluyendo servicio a domicilio.

2. Las pulperías y mercaditos en barrios y colonias están AUTORIZADAS todos los días para abastecer a los vecinos de su sector, respetando en todo momento el congelamiento de precios según Acuerdo Ministerial 023-2020 de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico.

3. Están PROHIBIDAS la apertura de restaurantes, establecimientos de comida rápida, cafés y otros similares dedicados a la venta de alimentos, incluyendo el servicio de entrega a domicilio; por lo que deben permanecer cerrados durante el toque de queda absoluto, mientras se evalúan los protocolos de bioseguridad alimentaria.

4. Los productores de granos básicos, verduras, frutas, legumbres, lácteos, carne, pesca artesanal, productores de camarón, producto avícola y otros de la cadena agroalimentaria PUEDEN CIRCULAR siempre y cuando justifiquen actividades de abasto a los diferentes establecimientos, tomando en cuenta las medidas de bioseguridad pertinentes.

5. Se AUTORIZA la circulación del transporte pesado de alimentos, combustible, insumos médicos, productos de exportación e importación, agroexportadores y otros, necesarios para atender la emergencia nacional, siempre que cumplan con las medidas de bioseguridad recomendadas.

6. Se les instruye a los entes de seguridad del Estado, que los salvoconductos que se han estado autorizando por el comité de excepciones quedan VIGENTES y a partir de la fecha serán autorizados únicamente por la Policía Nacional a través del correo electrónico comite.excepciones.emergencia@gmail.com y al teléfono 9440-0006.

7. Quienes pretendan burlar a la autoridad a fin de utilizar el salvoconducto para trámites personales, se les aplicarán las sanciones establecidas entre ellas el decomiso y cancelación automática del permiso de circulación.

La Policía Nacional de Honduras reitera su compromiso en la lucha contra el COVID-19 recordando las medidas de bioseguridad, uso de mascarilla, limpieza constante de manos con jabón y gel antibacterial, mantener las distancia en un mínimo de un metro y medio por persona y respetar las medidas adoptadas por municipios, instituciones públicas y privadas.

El Ocotal FM, 01 de abril de 2020