Liga Hondubet
2012-11-30
Un nuevo problema se avecina para los dirigentes de los diferentes equipos del país.
El Congreso Nacional de la República aprobó el miércoles una reforma al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que obligará a los jugadores y técnicos extranjeros que lleguen al país, pagar el 25 por ciento de todo lo devengado.
El diputado por el partido Unificación Democrática y actual técnico del Atlético Choloma, Edwin Pavón, confió que la reforma a la Ley del ISR estaba programada para el pasado mes de septiembre, pero fue hasta la última reunión del Congreso, el miércoles, que se aprobó.
“La verdad es que años atrás el gravamen para los jugadores y técnicos que trabajaban en el país era del 30 por ciento y luego se reformó para que solo se pagara el 10 por ciento, pero al ver las pérdidas que se tenían, ahora se pretende homologar con otros países del área que tributan un 25 por ciento de lo devengado”, dijo Pavón.
CON RESERVA
El gerente del Motagua, Héctor “Lin” Zelaya, adelantó que tendrán que cumplir con la ley, pero también lamenta que se estén tomando medidas que prácticamente limitarán a los equipos a contratar extranjeros.
“Es una ley y siempre la hemos cumplido pagando los impuestos, pero este aumento al 25 por ciento es exagerado”, apuntó Lin.
Mientras el director deportivo de Olimpia, Osman Madrid, comparte lo dicho por su colega motagüense que se debe cumplir con el pago de impuesto como siempre lo han hecho, pero lamenta que el gravamen sea tan alto, pues pasó de 10 a 25.
EL ARTÍCULO
Reforma al artículo 5 de la LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Los ingresos brutos obtenidos de fuente hondureña por personas naturales y jurídicas no residentes o no domiciliados en el país, deben pagar el impuesto de conformidad a los porcentajes que se detallan a continuación.
PORCENTAJES DEL IMPUESTO
1. Renta de bienes muebles o inmuebles, exceptuándose los comprendidos en los numerales 5 y 7 de este artículo 25%
2. Regalías de las operaciones de minas, canteras u otros recursos naturales 25 %
3. Sueldos, salarios, comisiones o cualquier otra compensación por servicios prestados ya sea dentro del territorio nacional o fuera de él, excluidas las remesas 25 %
Las reformas al artículo 5 de la Ley del ISR estarán en vigencia desde el día que salga publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.