Sin embargo, con el correr de los días, la Comisión Nacional Antidopaje se hizo cargo del caso al notar algunas inconsistencias en el proceso y comenzaron una investigación formal ya que a Henry se le permitió saltar la prueba por la muerte de su pariente, pero finalmente resultó ser falso por lo que iniciaron a actuar de oficio cuando el propio Figueroa cambió su versión.
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DIEZ en exclusiva ha tenido acceso a la información donde el Tribunal de Dopaje, quien definirá el castigo o absolución de Figueroa, ha dado constancia que la Comisión Nacional ha cumplido con la etapa de Pre-Audiencia que dispone el artículo 7 de ese mismo cuerpo normativo, así como el artículo 5 y siguientes del Estándar Internacional para la Gestión de Resultados 2021, por lo que ha procedido a convocar al exseleccionado de Honduras de manera formal a una audiencia definitiva, oral y privada.

Henry Figueroa no justificó su ausencia en una prueba doping cuando la Comisión Nacional comenzó a investigar el caso.
Dicha reunión se programó para el próximo 17 de marzo a las 5:00 de a tarde, hora local, en las oficinas de la Comisión Nacional de Dopaje que se encuentran en el estadio Nacional de Costa Rica ubicado en el Parque Metropolitano La Sabana, distrito de Mata Redonda en San José.
Henry Figueroa podrá presentarse a la audiencia de forma presencial al igual que su abogado Josué Misael Vallejo, sino pueden hacerlo de esta forma, el Tribunal les ha dado la posibilidad de conectarse virtualmente, pero tendrán que avisar con al menos cinco días de anticipación su presencia para que puedan proceder a brindarle toda la información necesaria de la plataforma a utilizar y las claves individuales de acceso a la misma por medio del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER).

El Tribunal de Dopaje notificó a todas las partes sobre la audiencia definitiva.

El Tribunal de Dopaje notificó a todas las partes sobre la audiencia definitiva.
Una vez el Tribunal de Dopaje realice la audiencia definitiva con todas las partes involucradas donde se presentarán las pruebas de cada lado, este ente no dará el fallo de forma inmediata.
DIEZ ha conocido que el castigo o absolución para el futbolista se dará a conocer dos o tres días como máximo después de celebrar la reunión a través de un correo electrónico que revisarán todas las partes.
La Comisión Nacional de Dopaje de Costa Rica busca un castigo para el futbolista por considerar que violó los artículo 2.3 del Código Mundial Antidopaje el cual trata de evitar o rechazar un control antidopaje y el 2.5 que habla sobre la manipulación de un control antidopaje.
Juan Carlos Baldizón, presidente de la Comisión Antidopaje de Costa Rica, explicó en su momento a DIEZ que infringir cada artículo conlleva una sanción mínima de dos años y una máxima de cuatro, en el caso de Figueroa si se le encuentra culpable estaría fuera de las canchas por este tiempo.
“En este caso se aplica solo una de las infracciones y cualquiera de las dos infracciones está sancionada con cuatro años de suspensión. Solo se le castiga con el tiempo de un artículo y se tendría que aplicar cuatro años si es encontrado culpable. Nosotros estamos acusando por esas dos infracciones, igual si el Tribunal considera que no hay méritos suficientes podría absolver al futbolista”.
DIEZ intentó obtener una declaración del futbolista, pero no se logró localizarlo, también la de su abogado Jesús Vallejo y decidió no hablar del caso e informó que todos los medios de prueba que tienen los presentarán en la audiencia.