El Comisionado de Copeco, Gabriel Rubí, manifestó que el estado de alerta roja es obligatorio y llama a las empresas, organizaciones y entes gubernamentales a acatar el llamado porque Honduras ya reportan tres casos de coronavirus.
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La alerta roja es para los 18 departamentos de Honduras a partir a de las 10.00 de la mañana. “La medida es adoptada por la Secretaría de Salud debido al tercer caso que resultó positivo, lo cual es indicativo del alto riesgo de contraer coronavirus en Honduras”, dijo el Comisionado de Copeco Gabriel Rubí.
Luego agregó: “Suspender toda actividad que pueda tener conglomeración de personas y se les pide el cumplimiento de la ley; quien no lo acate tendrá sanciones. La tercera persona que salió positiva de coronavirus es familiar de una persona que estaba infectada y estamos acelerando todo el operativo para evitar o frenar este virus'.
Ver: ASÍ SE CONFIRMÓ EL TERCER CASO DE CORONAVIRUS
“Se les llama al pueblo a mantener la distancia contra cualquier persona enferma por un metro, uso de mascarilla, uso de gel antibacterial, lavarse las manos y acudir al médico si presenta síntomas”, dijo el comisionado de Copeco.
El Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (SINAGER) estará vigilante de todo lo que suceda. Por ahora la jornada de la Liga Nacional de Honduras no ha sido cancelada y se juega a puerta cerrada pero se prohíben más de 50 personas en los estadios.
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'Las probabilidades de contagio es muy elevado y sobre todo los adultos mayores que tienen el más alto nivel de mortalidad en el mundo. Nosotros queremos evitar que las personas tengan contacto con otras; debe ser de un metro y medio la distancia', comentó Rubí.
COMUNICADO DE SINAGER
ALERTA ROJA para los 18 departamentos de HondurasEl Comité de Alertas de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (Copeco) delegado por la Secretaría de Salud en base al artículo 45 y artículo 4 inciso 2 de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager) determinó declarar ALERTA ROJA para los 18 departamentos del país a partir de las 10:00 am de este sábado 14 de febrero.
La medida fue adoptada en base a la instrucción de la Secretaría de Salud tras el diagnóstico positivo de un tercer caso de COVID-19 en el país por la vía de contacto con uno de los casos que resultó positivo el día 10 de marzo del 2020.
La medida obliga a toda persona natural o jurídica, instituciones públicas y privadas, Organizaciones no Gubernamentales y Sociedad civil a suspender toda actividad que pueda representar la aglomeración de personas.
En ese sentido, el Comité de Alertas prohíbe la realización de eventos públicos con más de 50 personas, con el objetivo de contener la propagación del virus que hasta ahora ha sido confirmado en tres personas.
Esta acción preventiva busca evitar la rápida diseminación del virus como ocurrió España e Italia dónde no se adoptaron de inicio medidas de contención y aislamiento.
Copeco llama a la consciencia de la población nacional y extranjera sobre territorio hondureño, a que acaten la ordenanza que busca la protección del fin primordial del Estado que es la vida humana.
Además se solicita a la ciudadanía implementar las medidas de prevención establecidas vía Decreto de Emergencia como mantener la distancia de al menos un metro con cualquier persona, lavarse las manos con agua y jabón constantemente, uso de gel antibacterial, autoaislamiento y uso de mascarilla en caso de presentar síntomas y acudir al médico de forma pronta si presenta fiebre, tos seca, dolor de cabeza y garganta y dificultad para respirar.
*Ley del Sinager
Artículo 4. 2: “El Gobierno central y los gobiernos locales a través de sus instancias técnicas especializadas, están obligados a emitir disposiciones de cumplimiento obligatorio relacionada con la reducción del riesgo y las acciones concretas para reducir el posible daño, a fin de que las personas naturales y jurídicas estén obligadas a su acatamiento y cumplimiento y lograr con ello la reducción continua de la vulnerabilidad de la sociedad frente a los distintos fenómenos que nos amenazan. El No cumplimiento o retraso en el acatamiento de dispuesto en materia de riesgos, implica responsabilidad administrativa, civil y penal para los infractores...'*