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Formas en que puedes conseguir tu residencia en Estados Unidos

La Green Card es el sueño de muchas personas que emigran al norte.

2016-07-06

Muchas personas deciden partir hacia los Estados Unidos en la búsqueda de una mejor vida y una vez logran llegar allí, inicia la búsqueda de la famosa 'Green Card'.

Este es el documento que le permite a las personas contar con una residencia en el país y hay muchas formas de obtenerla desde lazos familiares, inversión, lotería, asilo, violencia y otras formas.

Hoy en DIEZ.HN te las mostramos.

POR LAZOS FAMILIARES

- Por matrimonio con un ciudadano americano.
- Por matrimonio con un residente permanente: petición, espera y procesamiento consular.
- Por enviudar de un ciudadano americano. En estos casos también pueden obtener la green card los hijos del viudo/a que sean menores de 21 años y estén solteros.
- Por ser hijo/a biológico o adoptado o hijastro de ciudadano americano.
- Por ser hermano/a hermanastro de un ciudadano cuando el solicitante tenga al menos 21 años de edad. - - Por ser padre, madre de un ciudadano, cuando el hijo/a que hace la petición ya ha cumplido al menos los 21.
- Por ser hijo soltero de residente permanente.
- En el caso de los matrimonios, la ley aplica tanto a los heterosexuales, es decir, formados por un hombre y una mujer, como a los homosexuales: entre dos mujeres o entre dos hombres.

Además, los ciudadanos pueden solicitar una visa K-1 para traer a sus novios o prometidas y, una vez en Estados Unidos, casarse y aplicar por un ajuste de estatus como paso para obtener la residencia.

POR SUERTE

- Al ganar una de las 50,000 visas de inmigrante que se sortean cada año en la lotería de la diversidad.

POR INVERSIÓN

- Invirtiendo un mínimo de medio millón de dólares, mediante la visa EB-5. Se admite una inversión directa creando una empresa o una indirecta, cabiendo diversas modalidades.

AUTOPATROCINIO

- Petición para uno mismo sin necesidad de patrocinador de la tarjeta de residencia mediante una visa EB-1 en el caso de profesionales con una habilidad extraordinaria en Arte, Ciencias, Deporte, Educación o Negocios. Ejemplo: ganadores de premios Oscar, olimpiadas, premios Pulitzer o semejantes.

POR TRABAJO

En estos casos es necesario que una empresa o institución de los Estados Unidos patrocine ante las autoridades de inmigración al empleado extranjero.

- Mediante la visa EB-1 para profesores e investigadores de extraordinaria capacidad y gerentes o ejecutivos de multinacionales.
- Por la EB-2 para licenciados con al menos cinco años de experiencia laboral o con una habilidad excepcional en Arte, Negocios o Ciencias.
- Mediante la EB-3 para licenciados, trabajadores con formación profesional que requiere al menos dos años de estudios prácticos o de experiencia laboral y también para trabajadores sin ningún tipo de formación profesional pero que desarrollan una labor que no es temporal y para la que no hay trabajadores disponibles en Estados Unidos.

INMIGRANTES ESPECIALES

Mediante este camino instituciones y empresas estadounidenses pueden patrocinar mediante una EB-4 a las siguientes categorías de trabajadores:

- Sacerdotes, monjas, ministros religiosos que lleven al menos dos años como tales.
Periodistas, reporteros, escritores, traductores, productores y trabajadores semejantes que trabajen para el BBG (Radio Free Asia, Radio Liberty, etc).
-Médicos.
-Miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.
-Trabajadores de organizaciones internacionales.
-Traductores afganos e iraquíes.
-Iraquíes que han ayudado de alguna manera a los Estados Unidos.
-Empleados de la Zona del Canal de Panamá.
-Trabajadores jubilados de la OTAN o, si han fallecido, sus viudos e hijos.
-Por situaciones especiales

-Cubanos, después de un año en Estados Unidos por ley de pies secos, pies mojados.
-Asilados y su familia inmediata.
-Refugiados y su familia inmediata.
-Víctimas de violencia (incluida la doméstica) a la que se le ha concedido una visa U, y sus familiares o por el programa VAWA.
-Víctima de trata de personas a la que se le ha concedido una visa T.
-Por residencia en Estados Unidos

-Por vivir de forma continuada en EEUU desde el uno de enero de 1972 o antes y poder demostralo. Es lo que se denomina residencia por el registry.

-Por ser inmigrantes juveniles especiales: SIJ

-Los menores de 21 años que están solteros a los que el gobierno de Estados Unidos ha colocado bajo la custodia de un guardián o de una institución pública o privada porque han sido abusados o abandonados por uno de sus padres o los dos. A este grupo de muchachos se les conoce como Inmigrantes Juveniles Especiales o SIJ por sus siglas en inglés.

ORDEN JUDICIAL

En un caso de deportación, un juez de inmigración puede sentenciar que el extranjero se puede quedar, ajustar su estatus y así conseguir una tarjeta de residencia.

SITUACIONES ESPECIALES

En casos de residencia por circunstancias especiales (inmigrantes juveniles con este estatus reconocido, registry, pies secos pies mojados para cubanos, visa T, visa U, etc) sería posible calificar para estar exento de pagar la tarifa de este trámite migratorio para obtener la residencia.