Liga Nacional

Vida se opone a que Olimpia juegue de local ante Real España en La Ceiba y envía queja formal a la Liga Nacional

Olimpia no tenía registrada La Ceiba como cancha alterna, pero al tener acuerdo con Real España para jugar en el estadio Ceibeño, la Liga Nacional aceptó pese a que el reglamento no lo permite.

2022-02-17

El Club Deportivo y Social Vida ha emitido este jueves una queja a la secretaría de la Liga Nacional después que Olimpia oficializara que jugará su partido clásico ante Real España en la ciudad de La Ceiba el domingo a las 5:00 PM.

DIEZ ha tenido acceso a la carta que los cocoteros enviaron a la Liga donde se oponen a que este partido se lleve a cabo en su cancha que utiliza de local ya que considera les afectará en la taquilla de su partido que disputarán el sábado ante Honduras Progreso.

Vida argumenta esta queja de acuerdo al artículo 15 de las bases del campeonato donde habla del registro de canchas.

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Esta parte dice, “todos los equipos deberán registrar una cancha permanente, ante la Secretaría General de la Liga, así mismo el equipo podrá registrar como máximo dos (2) canchas alternas las cuales deberá estar autorizada por el Comité Ejecutivo de la Fenafuth, previo a su registro, el cual deberá de estar obligatoriamente al momento de la elaboración de los calendarios de campeonato”.

En este caso, los ‘leones’ tiene como cancha principal el estadio Nacional de Tegucigalpa y como alternas el Marcelo Tinoco de Danlí y el estadio Morazán de San Pedro Sula. Ambas canchas ya las utilizó.

El Nacional aún no lo utiliza debido a la toma de posesión presidencial que se llevó a cabo el pasado 27 de enero y posterior al evento, el inmueble ha estado en remodelación, sin embargo ya finalizó esta etapa, pero la cancha está en malas condiciones.

Siempre en el artículo 15, dice que “la escogencia de la cancha alterna será en el orden de preferencia especificada en la comunicación que cada club hará a la Liga previo a la fecha de elaboración del calendario. Cada club deberá indicar cuál es su cancha Sede, su cancha alterna 1 y su cancha alterna 2. El uso de la cancha alterna 1 será únicamente si la cancha Sede no está disponible por causa justificada y el uso de la cancha alterna 2 será únicamente si la cancha Sede y cancha alterna 1 no están disponibles por causa justificada.

La utilización de cancha alterna será autorizada únicamente por la Junta Directiva de la Liga. Los equipos que utilicen cancha alterna quedan obligados a colocar en la misma la publicidad estática de la Liga, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Contratación de Publicidad Estática o Móvil en los estadios autorizados por la Liga”, finaliza el artículo.